Resumen
El trabajo a partir de la Constitución Política de 1991 se elevo a rango constitucional en su artículo 25 y se señala que el mismo debe desarrollarse bajo condiciones dignas y justas, en armonía con los derechos humanos fundamentales de carácter universal, así mismo se realizó una análisis jurisprudencial de los fallos y precedentes de las Altas Cortes en Colombia bajo la nueva Constitución que declaro a Colombia como un Estado social de derecho bajo el principio de la dignidad humana.
Idioma original | Español (Colombia) |
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Publicación | ECOS POLITICOS |
Estado | Publicada - 19 dic. 2018 |
Palabras clave
- Trabajo
- Constitución
- Digno
- Justo
- Jurisprudencia