Abstract
La incorporación de la declaración del menor de edad, presunta víctima de un delito sexual, como prueba de referencia, limita el derecho de contradicción del procesado. Dicha afectación se encuentra actualmente justificada en la protección del interés superior del niño, niña o adolescente afectado con el delito y su no revictimización. Sin embargo, la Ley 906 de 2004 prevé prácticas menos invasivas al derecho de contradicción que, a su vez, exponen en menor medida a la víctima y, en cambio, aumentan el nivel de protección de sus derechos. La practica de la prueba anticipada como regla general para estos casos, aun cuando no se haya formulado imputación de cargos, permite: i) acercarse a la declaración de la víctima; ii) ejercer el derecho de contradicción, aun con las medidas de protección requeridas para estos eventos; iii) proteger en mayor medida al menor de edad de la victimización secundaria, dada la protección reforzada exigida al Estado y iv) aportar al proceso un medio de prueba sin afectación del derecho de contradicción con capacidad probatoria suficiente para emitir una sentencia condenatoria.
Original language | Spanish (Colombia) |
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Publisher | Universidad Externado de Colombia |
Number of pages | 187 |
Place of Publication | Inicio Colecciones documentales Tesis y Trabajos de Grado CAG. Facultad de Derecho Maestría en Justicia y Tutela de los Derechos |
Volume | https://bdigital.uexternado.edu.co/collections/7272f0bc-2b1c-45d2-8571-a699a98cbfb6 |
DOIs | |
State | Published - 13 Dec 2023 |